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EL ESTADO.
Alumna: TRINIDAD ABIGAIL PEDRO LÓPEZ.
Septiembre 6 del 2019.
En este blog mostraremos la definición de lo que es el Estado, los elementos de este, lo que es la soberanía y la nacionalidad en que momento las obtenemos para conocer más acerca de las características que lo conforman.
El
Estado es la fuente formal de validez de todo el derecho, pues sus órganos son
quienes lo crean.
Concepto: Organización jurídica de una sociedad
bajo un poder de dominación que se ejerce en determinado territorio delimitado, éste es una creación humana.
De la imagen retomamos que la Población y el Territorio son elementos materiales del Estado y El Poder es un elemento formal.
TERRITORIO.
Porción
del espacio en que el Estado ejercita su poder. Éste
poder sólo puede ejercitarse de acuerdo con normas, creadas o reconocidas por
el propio Estado.
Principio de impenetrabilidad. Según este
atributo jurídico en un territorio sólo puede existir un
Estado, lo que significa que el territorio del Estado es impenetrable.Es posible que un Estado mediante la
celebración de un tratado o convenio, así como de ocupación militar permita a otro que ejecute en su
territorio ciertos actos de imperio (dominio).
Principio de Indivisibilidad. Según el cual el
Estado como persona jurídica es indivisible, así como sus elementos. Esto es,
la unidad del Estado se constituye por el conjunto de normas que regulan el
comportamiento de los individuos que se encuentran sujetos a dichas normas,
debido a que la vinculación entre el Estado y el territorio es esencialmente
personal, es decir, el poder de imperio no se ejerce sobre la tierra sino sobre las
personas que la habitan.
POBLACIÓN.
La población es una
sociedad humana cuya decisión de vinculación dio
origen al Estado, y sobre el conjunto de individuos que constituyen
la población el Estado ejerce su poder de imperio, por lo que la población
puede considerarse como el conjunto de individuos
subordinados al Estado; de esta manera, sin la
población no puede entenderse la existencia del Estado.
Ahora bien, existen dos maneras de analizar la población constitutiva del Estado:
- Como OBJETO:La población como objeto o elemento material del Estado es el conjunto de individuos subordinados a su actividad.
- Como SUJETO:Que la población como sujeto o elemento personal es el conjunto de individuos, ordenados jurídicamente, a favor de los cuales existen derechos subjetivos públicos.
La pertenencia del Estado se halla
condicionada por un vínculo jurídico específico: LA
NACIONALIDAD.
PODER.
El poder no puede entenderse como el poder de
dominación; sin él, el Estado carecería de autoridad para gobernar o
dirigir al grupo a los fines perseguidos con su creación.
Esta autoridad puede ser :
- SIMPLE. Tiene capacidad para dictar determinadas prescripciones a los miembros del grupo, pero no está en condiciones de asegurar el cumplimiento de aquellas por sí mismo, es decir, con medio propios.
- COACTIVA. , Es decir, es un poder de dominación, dotado de los medios necesarios y suficientes para hacerse obedecer.
LA SOBERANÍA.
La soberanía supone necesariamente la negación de cualquier tipo de poder
por encima del Estado, es decir, la ausencia de limitaciones o autoridad
superior al supremo poder del Estado.
Etimológicamente, soberanía proviene de las voces
latinas super, que significa “sobre”, y omnia, que
quiere decir “todas las cosas”.
La soberanía en este sentido, implica el poder superior o el más alto e
independiente.
La soberanía de un Estado se caracteriza por la forma
de ejercer el poder político; ésta, a su vez, determina
cuáles son los atributos necesarios para considerar
si el Estado es soberano o no.
A continuación se presentan artículos de la Constitución Política de México dónde se plasma en que consiste la Soberanía.
![Imagen relacionada](https://pbs.twimg.com/media/DqehARZX4AAR9we.jpg:large)
![Resultado de imagen para articulo 40 de la constitucion mexicana](https://image.slidesharecdn.com/organizacinpoltica2017-170216055122/95/organizacin-poltica-del-estado-mexicano-8-638.jpg?cb=1487224317)
SUPREMO PODER DE LA FEDERACIÓN.
- La FUNCIÓN LEGISLATIVA corresponde al Congreso.
- LA FUNCIÓN JURISDICCIONAL corresponde a los Jueces y Tribunales.
- LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA al Poder Ejecutivo.
LA CONSTITUCIÓN DEL ESTADO.
Las normas relativas a la organización
fundamental del Estado reciben el nombre de Constitución.
La Constitución del Estado comprende las
reglas jurídicas que determinan los órganos supremos de éste; su modo de
creación; sus relaciones recíprocas; su competencia, y la posición de cada uno
en relación con el poder estatal.
La palabra constitución no es solamente
aplicada a la estructura de la organización político sino también –sobre todo
en la época moderna- al documento que contiene las reglas relativas a dicha
organización.
Video; Los Elementos de Estado.
ACTIVIDAD EN CLASE.
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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.
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